- junio 23, 2020
- Posted by: ATUNEC
- Categoría: Pesca
Una de las principales reformas que se aplican a la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca es establecer reglas claras y elevadas multas para contrarrestar la pesca ilegal en aguas ecuatorianas.
De esa forma, según el asambleísta Lenín Plaza (AP), presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, se levantaría la “tarjeta amarilla” que puso la Unión Europea al Ecuador por falta de una normativa que controle y castigue la pesca ilegal.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de 109 legisladores presentes el pasado martes.
Según Plaza, la pesca ilegal se la combatirá aplicando sanciones que están categorizadas como leves, graves y muy graves e incluye una tabla de multas. La sanción más grave para la pesca industrial es la multa de hasta 1500 salarios básicos unificados del trabajador, el decomiso de toda la pesca, detención de la embarcación y de la tripulación.
La Ley hace una clasificación de pesca industrial, que es la que se realiza con artes y aparejos mecanizados; y la pesca artesanal, actividad que se realiza con artes o aparejos de pesca con recolector manual, para este tipo de pesca se ha establecido una zona de ocho millas náuticas.
La pesca ilegal, dijo el legislador, se determina cuando los industriales realizan sus faenas en aguas no estipuladas para el efecto, es decir, cuando invada las ocho millas náuticas, o cuando realizan su actividad de pesca en aguas internacionales sin el permiso respectivo.
La Ley, además, propone la realización de un censo en un plazo de 18 meses para determinar el número de acuicultores, pescadores artesanales e industriales, número de embarcaciones, artes y aparejos de pesca, lo cual servirá para implementar medidas de ordenamiento del sector.
La pesca ilegal, dijo el legislador, se determina cuando los industriales realizan sus faenas en aguas no estipuladas para el efecto, es decir, cuando invada las ocho millas náuticas, o cuando realizan su actividad de pesca en aguas internacionales sin el permiso respectivo.
La Ley, además, propone la realización de un censo en un plazo de 18 meses para determinar el número de acuicultores, pescadores artesanales e industriales, número de embarcaciones, artes y aparejos de pesca, lo cual servirá para implementar medidas de ordenamiento del sector.